El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) dio más plazo a los deudores privados, a los empleadores morosos, para que cumplan sus obligaciones. Esta nueva facilidad de pago, denominada Acuerdo Parcial de Pago (APP), abre una puerta para que la millonaria deuda -que va en ascenso- se reduzca.

A la vez permitirá que muchos de los afiliados que actualmente no pueden acceder a préstamos hipotecarios y quirografarios vuelvan a ser beneficiarios.

Es que uno de los grandes problemas que tiene el IESS es la mora patronal. Y las deudas van creciendo. Al 31 de marzo el número de empleadores en mora llega a 445.711, con una deuda total de $ 2.530,1 millones. La cifra es mayor a la que se registraba en enero del 2024, cuando 397.021 eran morosos con $ 2.395 millones de deuda.

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El Consejo Directivo aprobó el 23 de abril pasado el Acuerdo de Pago Parcial (APP), a través de la Resolución n.º C.D. 671, que ofrece hasta 72 meses o seis años de plazo para que los empleadores que registren obligaciones patronales en mora con la institución se pongan al día.

Así, según la norma, un patrono que está adeudando al IESS debe cancelar una cuota inicial mínima de acuerdo a las obligaciones patronales en mora de cada empleador. Este pago ya le permite a la empresa considerarse patrono cumplido y, por ello, también sus trabajadores pueden acceder a beneficios como préstamos.

“Una vez suscriben el APP y cancelen la cuota inicial, automáticamente se va a reflejar que el empleador mantiene un Acuerdo de Pago Parciales vigente y se encuentra al día en el pago de los dividendos”, explicó una fuente del IESS.

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Más plazo y pago a retenciones, no a intereses

La suscripción del Acuerdo de Pago Parcial se podrá realizar con un plazo de 2 hasta 72 meses, que dependerá del monto de la deuda. Para acceder a esta nueva facilidad del IESS, el empleador no necesita de garantía. Estos son los plazos acordados:

MONTO DE LA DEUDAPLAZO
De 0,01 a 1.0002 a 12 meses
De 1.000,01 a 1.9002 a 18 meses
De 1.900,01 a 2.8002 a 24 meses
De 2.800,01 a 3.7002 a 30 meses
De 3.700,01 a 4.6002 a 36 meses
De 4.600,01 a 5.5002 a 42 meses
De 5.500,01 a 6.4002 a 48 meses
De 6.400,01 a 7.3002 a 54 meses
De 7.300,01 a 8.2002 a 60 meses
De 8.200,01 a 9.1002 a 66 meses
De 9.100,01 en adelante2 a 72 meses
Fuente: IESS

Estas condiciones representan mayores facilidades, pues el plazo que estaba establecido antes del cambio era de 2 hasta 36 meses.

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Además, en el anterior proceso de pago la cuota inicial se consideraba pago inmediato de los intereses de mora generados por la obligación y los valores correspondientes a retenciones. En cambio, ahora la cuota inicial -que es una cuota mínima- irá al pago inmediato de los valores correspondientes a las retenciones dispuestas por el ordenamiento jurídico.

El empleador que se encuentre al día en el pago de sus obligaciones patronales accede a estos beneficios: obtener en cualquier momento su Certificado de Cumplimiento de Obligaciones (CCO), el cual le permitirá cumplir con uno de los requisitos solicitados para ejercer cargo público o ser contratista del Estado.

El IESS indicó que cumplir con las obligaciones patronales garantiza el acceso de los beneficios y prestaciones de los afiliados, sin embargo, el afiliado debe cumplir con los requisitos normales para el acceso.

Requisitos para préstamos se mantienen

Por ejemplo, un afiliado que quiere tener acceso al préstamo hipotecario debe tener 36 aportaciones, pero las 13 últimas deben ser seguidas. Si el proceso se interrumpió, entonces, no podrían acceder a préstamo de manera inmediata. De igual manera con los quirografarios, que requieren 24 aportaciones y 12 de ellas seguidas.

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Las obligaciones patronales con el IESS se deben pagar hasta el 15 de cada mes para evitar caer en mora.

El IESS también recordó que los empleadores que no estén al día con sus obligaciones patronales tendrán sanciones conforme lo establece el Reglamento General de Responsabilidad Patronal. (I)