Los acuerdos de pago que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) puso en marcha desde hace seis meses para que los empleadores tengan facilidades de ponerse al día en sus obligaciones con la institución ya suman 16.863 documentos firmados.

La entidad informó que ese número de acuerdos representa $ 108′591.157 de obligaciones pendientes y las cifras están actualizadas hasta el 4 de noviembre pasado.

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Los acuerdos de pago parcial están establecidos en la Resolución CD 671, emitida por el Consejo Directivo el 23 de abril de 2024. Hasta agosto se contabilizaban 11.183 acuerdos por más de $ 71 millones. Es decir, en algo más de dos meses —que han tenido de por medio los racionamientos eléctricos— se ha incrementado en un 50 % la demanda de estas facilidades de pago con el IESS.

A través de este mecanismo el Instituto de Seguridad Social ofrece desde 2 hasta 72 meses plazo para que los empleadores que registren obligaciones patronales en mora con la institución se pongan al día.

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El plazo depende del monto total de la obligación en mora. El menor tiempo para pagar es de 2 a 12 meses si la deuda es de hasta $ 1.000 y el mayor plazo es para las obligaciones que superan los $ 9.100 y en esos casos el plazo va desde 2 hasta 72 meses.

Para acceder a un acuerdo el empleador debe presentar su petición clara y precisa de todas las obligaciones pendientes sobre las cuales se solicita la facilidad de pago y pagar de forma inmediata los valores correspondientes a las retenciones como cuota inicial. Lo puede realizar de forma presencial en las agencias del IESS o en línea en este enlace: https://app.iess.gob.ec/iess-gestion-recaudacion-cartera-empleador-web/app/index.

Las obligaciones que entran a un acuerdo de pago parcial son las glosas y los títulos de crédito, hasta antes del sorteo a un abogado externo, por concepto de aportes, fondos de reserva o responsabilidad patronal. No se pueden incluir en estos acuerdos las obligaciones que ya están en estado de planilla ni las cuotas de préstamos quirografarios e hipotecarios que pagan los trabajadores a través del rol de pago.

Una vez que la empresa o empleador suscribe un acuerdo de pago con el IESS, sus empleados pueden realizar préstamos en el Biess, siempre y cuando se encuentren al día en los pagos de los dividendos y cumplan con los demás requisitos establecidos por esa entidad financiera del IESS para acceder a estos créditos.

Las obligaciones patronales con el IESS se deben pagar hasta el 15 de cada mes para evitar caer en mora. (I)