El caso de Quevedo Inversions Big Money, una empresa inexistente que, manejada por el militar Miguel Ángel Nazareno, realizaba captaciones de dinero, y que por la dimensión de las inversiones podría terminar en la afectación económica, deja algunas lecciones a la ciudadanía.

Una persona interesada en invertir dinero debe verificar al menos tres factores antes de confiar su dinero.

Verificar si la entidad en la que entregará su dinero se encuentra en la lista de entidades autorizadas de la Superintendencia de Bancos (https://www.superbancos.gob.ec/bancos/catastro-publico/) y de la de Economía Popular y Solidaria (https://servicios.seps.gob.ec/gosf-internet/paginas/consultarOrganizaciones.jsf). Verificar si la entidad o empresa consta en la Superintendencia de Compañías. Conocer las condiciones de la inversión y sospechar si estas son desmesuradamente “buenas”, es decir, si tienen una alta tasa.

Publicidad

En el caso de Big Money, la supuesta empresa no está registrada en la Superintendencia de Compañías, pero el RUC que aparece en ciertos comprobantes está a nombre de Miguel Ángel Nazareno Castillo. Y se indica que el negocio es de Reparación y mantenimiento de aparatos de uso doméstico. Big Money tampoco aparece en los listados de las Superintendencias de Bancos ni de Economía Popular y Solidaria.

Sobre el tema, la superintendenta de Economía Popular y Solidaria, Margarita Hernández, explicó ayer que la entidad a su cargo recibió con sorpresa que Miguel Ángel Nazareno, dueño de Quevedo Inversions Big Money, haya hablado de que podría formalizar su actividad al crear una cooperativa de ahorro y crédito. Aclaró que en el país al momento existe una moratoria en cuanto a la creación de nuevas cooperativas, por lo tanto no es posible crear ninguna entidad de este tipo.

Hernández expresó que el tema ya está en manos de la Fiscalía, pues podría tratarse de una “captación ilegal de dinero”, delito que está tipificado en el COIP, pero del cual también existe jurisdicción en el Monetario y Financiero, y en la Constitución.

Publicidad

En el Código Monetario y Financiero, indica que entre las funciones de la Superintendencia de Bancos está “Inspeccionar y sancionar a las personas naturales o jurídicas que no forman parte de la economía popular y solidaria y que ejerzan, contra lo dispuesto en este Código, actividades financieras reservadas a las entidades del Sistema Financiero Nacional, especialmente la captación de recursos de terceros. Para el efecto, actuará por iniciativa propia o por denuncia”.

Es que la intermediación monetaria o la captación de dinero no puede, por ley, ser realizada por cualquier persona. Quien maneje dineros del público debe cumplir con requisitos jurídicos que lo conviertan en parte del sistema financiero.

Publicidad

En el artículo 308 de la Constitución se indica que “las actividades financieras son un servicio de orden público, y podrán ejercerse, previa autorización del Estado, de acuerdo con la ley; tendrán la finalidad fundamental de preservar los depósitos y atender los requerimientos de financiamiento para la consecución de los objetivos de desarrollo del país”.

Para Hernández, no es posible realizar una actividad para luego formalizarla, como había propuesto Nazareno, sino que primero hay que cumplir con la normativa para tener los permisos necesarios.

En cuanto a las tasas de interés, existen diferencias dependiendo de las características de los depósitos en el sistema financiero formal. Por ejemplo, las tasas anuales de depósito a plazo están en el 5,51 %, los depósitos monetarios apenas en un 0,81 %, los depósitos de ahorro en 1,08 %, y los de tarjetahabientes en 1,18 %. Dependiendo del plazo, si es a más de un año la tasa subiría hasta 7,76 %. En el caso de cooperativas de los segmentos 2 y 3, las tasas para depósitos de más de un año llegarían hasta 9,95 %. Una alerta clara es que en el sistema de Nazareno se ofrecía 90 % de interés en ocho días, un proceso insostenible en el tiempo.

Al ser consultada Hernández sobre qué pasará con los ciudadanos inversionistas, explicó que aún es temprano para saberlo pues se deben analizar las condiciones de la inversión, los documentos de recobro con los que puedan sustentar sus reclamos a futuro.

Publicidad

Margarita Hernández recordó que lo sucedido con Big Money no es un caso aislado y que ha habido otros, incluso como el del notario Cabrera. Se trata de iniciativas que la gente las llama pirámides y lo que intentan es ocultar esta captación ilegal.

Hace pocos días, la Fiscalía dio a conocer que una mujer estafó a ciudadanos pidiéndoles que hagan inversiones en criptomonedas. Les entregaban unas supuestas cuentas en línea en las que tenían la supuesta inversión, pero que después de un tiempo quedaban sin acceso. La mujer fue condenada a cinco años. En junio del 2017 se conoció también de una empresa radicada en Cuenca que vendía monedas virtuales y entregaba bonos a cambio. (I)