Los contratos colectivos del sector público están en la mira del Gobierno por un uso “abusivo” de las finanzas estatales, así como el aprovechamiento de acciones de protección y la sede administrativa del Ministerio del Trabajo que no está determinada en la ley. Lo que ha permitido a cuatro empresas públicas: Corporación Nacional de Electricidad (CNEL), Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec) y Petroecuador, gozar de beneficios muy altos.

A las 08:00 de este lunes, 1 de julio, la ministra del Trabajo, Ivonne Núñez, entregó en la Contraloría General del Estado la petición de exámenes especiales a los cuatro contratos colectivos de las empresas públicas, los cuales se encuentran en el debate público pues se considera que existe un abuso de las finanzas públicas y beneficios excesivos para los trabajadores.

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El Ministerio de Trabajo sustenta esta petición en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas (LOEP) y busca determinar las responsabilidades administrativas, civiles culposas e indicios de responsabilidad penal, de ser el caso; así como, la declaratoria de nulidad de los contratos colectivos en los que se han infringido las normas legales de conformidad con el artículo 26 de la LOEP.

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La petición de revisión es específica para los contratos:

  1. Primer contrato colectivo de trabajo entre la Corporación Nacional de Electricidad-CNEL EP y el Comité de Empresa de los Trabajadores, suscrito el 18 de mayo de 2021.
  2. Primer contrato colectivo de trabajo entre la Empresa Pública de Hidrocarburos de Ecuador-EP PETROECUADOR y el Comité de Empresa de los Trabajadores -CETRAPEP, suscrito el 15 de noviembre de 2017.
  3. Al proceso de tercera revisión del contrato colectivo de trabajo entre la Corporación Nacional de Telecomunicaciones-CNT EP y el Comité de Empresa Nacional de Trabajadores, suscrito el 10 de noviembre de 2023.
  4. Segundo contrato colectivo de trabajo entre la Empresa Pública Estratégica Corporación Eléctrica del Ecuador-CELEC EP y el Comité de Empresa de los Trabajadores- CETRACELEC, suscrito el 10 de enero de 2018.

La nulidad se argumenta por incumplimiento de normas constitucionales, mandatos constituyentes y normas legales del Ordenamiento Jurídico Nacional, dentro de los contratos colectivos del sector público.

En ese sentido, tras la revisión exhaustiva por parte de este ministerio, Núñez pidió al contralor Mauricio Torres que ejerza el control que la ley le faculta y determine las responsabilidades administrativas, civiles culposas e indicios de responsabilidad penal de ser el caso.

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Dentro de sus facultades examinadores, la Contraloría deberá realizar los exámenes especiales a las empresas públicas referidas, sobre la base de la suscripción de los contratos colectivos que se aprobaron sin contar con los dictámenes previos del Ministerio de Economía y Finanzas; así como, el traslado -obtenido mediante acción de protección- de los servidores amparados en la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep) hacia el Código del Trabajo, desconociendo de esta manera la condición de regímenes legales diferentes, indica la cartera de Trabajo en un comunicado.

Asimismo, Núñez indicó que dichos contratos colectivos infringen el artículo 74 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, al no tener el dictamen obligatorio y vinculante del Ministerio de Economía y Finanzas para sostener económicamente el cumplimiento de los contratos colectivos.

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En el caso de CNT, usaron una vía administrativa dentro del Ministerio del Trabajo a través del Tribunal de Mediación y Arbitraje, posteriormente al Tribunal de Arbitraje y Conciliación, en el cantón Rocafuerte, en Manabí, para conseguir una resolución favorable que evade o excluye el dictamen del artículo señalado, aseguró Núñez.

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Además, el traslado de trabajadores amparados bajo la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep) al régimen del Código del Trabajo, sin un estudio previo del Ministerio del Trabajo, lo cual lograron a través de la vía constitucional.

Asimismo, en el contrato colectivo de CNEL que entró en vigencia en el 2021 por un fallo del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, en el cantón Puebloviejo, se trasladó a más de 1.500 trabajadores con el efecto retroactivo del primer contrato colectivo. En cambio, los trabajadores aseguran que las autoridades no quisieron negociarlo. Ese contrato está ahora prorrogado.

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Con Celec, la ministra del Trabajo explicó que se evitó el fallo en el tribunal tras la comparecencia que ejecutó este ministerio en marzo, a través de los sustentos legales. En ese sentido, según el Ministerio del Trabajo, se impidió que con ese traslado hubiera una erogación de $ 200 millones.

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El Ministerio del Trabajo reiteró su compromiso con “relaciones laborales justas, dignas, en igualdad de oportunidades para todos”. (I)