La Contraloría General del Estado respondió al pedido hecho por el Ministerio del Trabajo para que se realicen exámenes especiales a los contratos colectivos de las cuatro empresas públicas y así dispuso que se hagan verificaciones preliminares.

El contralor general subrogante, Carlos Sánchez, informó a la ministra del Trabajo, Ivonne Núñez, que dispuso a las Direcciones Nacionales de Auditoría de Recursos Naturales y Telecomunicaciones, Conectividad y Sectores Productivos que incluyan el análisis de aspectos relacionados con esos contratos en verificaciones preliminares que se harán en la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL), Petroecuador, Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec) y en la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT).

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Así consta en el oficio enviado el 11 de julio pasado por el contralor, que refiere el artículo 18 del reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado.

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Este artículo explica qué es la verificación preliminar: “Es el proceso de recopilación de información y verificación de hechos o denuncias realizadas por el auditor, quien presentará un informe que contendrá su opinión respecto de si amerita o no la ejecución de una acción de control. De considerarse que es pertinente la realización de una acción de control, incluirá el alcance, el personal requerido, el tiempo estimado de ejecución y la oportunidad de su inicio”.

Con base en ese informe se dispondrá la práctica de la acción de control que se considere pertinente, a través de la respectiva orden de trabajo.

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Este viernes el Comité de Empresa de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT) solicitó a la Corte Constitucional y a la Contraloría General del Estado el “respeto irrestricto a los derechos constitucionales”.

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La ministra del Trabajo hizo la petición a Contraloría el 1 de julio pasado, sustentada en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas (LOEP), buscando determinar las responsabilidades administrativas, civiles culposas e indicios de responsabilidad penal de ser el caso, así como la declaratoria de nulidad de los contratos colectivos en los que se han infringido las normas legales de conformidad con el artículo 26 de la LOEP.

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La petición de revisión es específica para los contratos:

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  • Primer contrato colectivo de trabajo entre la Corporación Nacional de Electricidad-CNEL EP y el Comité de Empresa de los Trabajadores, suscrito el 18 de mayo de 2021.
  • Primer contrato colectivo de trabajo entre la Empresa Pública de Hidrocarburos de Ecuador-EP Petroecuador y el Comité de Empresa de los Trabajadores-Cetrapep, suscrito el 15 de noviembre de 2017.
  • Al proceso de tercera revisión del contrato colectivo de trabajo entre la Corporación Nacional de Telecomunicaciones-CNT EP y el Comité de Empresa Nacional de Trabajadores, suscrito el 10 de noviembre de 2023.
  • Segundo contrato colectivo de trabajo entre la Empresa Pública Estratégica Corporación Eléctrica del Ecuador-Celec EP y el Comité de Empresa de los Trabajadores- Cetracelec, suscrito el 10 de enero de 2018.

En estos contratos se considera que hay un uso “abusivo” de las finanzas estatales, así como el aprovechamiento de acciones de protección y la sede administrativa del Ministerio del Trabajo que no está determinada en la ley. (I)