Desde principio de mes, los trabajadores de varias empresas han ido recibiendo un sueldo adicional en diciembre. Se trata de la décimo tercera remuneración, también conocida como aguinaldo o bono navideño.
La remuneración fue incorporada hace 61 años, exactamente fue el 26 de noviembre de 1962 durante el gobierno de Carlos Julio Arosemena Monroy.
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Inicialmente era destinado a los afiliados a las “Cajas de Previsión” -actual Seguro Social-, luego se extendió a todos los trabajadores mediante la “Ley 68-010″ publicada en el Registro Oficial Nº 41 del 29 de octubre de 1968, con la que se crea la décima cuarta remuneración.
Desde cuándo existe el décimo tercer sueldo que perciben los empleados ecuatorianos
El portal Siise indica que esto entró en vigencia en forma gradual para los trabajadores privados (25% en 1962, 50% en 1963, 75% en 1964 y 100% a partir de 1965), para los empleados públicos rigió desde diciembre de 1963 y se pagó en su totalidad a partir de 1966.
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Tanto la Ley del Servicio Público como el Código del Trabajo establecen la incorporación de esta bonificación. El artículo 97 de la Losep establece que se podrá este valor hasta el 20 de diciembre para aquellos que esté amparado en esta legislación.
La décimo tercera remuneración corresponde a la doceava parte de todas las remuneraciones percibidas durante el año.
En cambio, en el Código del Trabajo, el artículo 111 establece el pago para los trabajadores hasta el 24 de diciembre para quienes estén amparados por esta normativa.
Hay otra remuneración que reciben anual los trabajadores pero en fechas distintas de acuerdo al régimen que se encuentren. Se trata del décimo cuarto sueldo que en la Costa-Galápagos se paga en marzo y en agosto en la Sierra y Amazonía y busca ser una ayuda a los padres de familia para el inicio de cada año lectivo.
Desde el 2015 se permite la mensualización de los décimos. Ese trámite se deberá presentar por escrito a los respectivos empleados durante los primeros quince días de enero, es decir, hasta el 15 de enero. (I)