Con el argumento de que Jacobo Abdalá Bucaram Pulley “pertenece desde ya a los grupos de atención prioritaria que menciona la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 35, y como tal debe ser considerado su estado de vulnerabilidad”, el juez Juan Carlos Terán Moreno, de la Unidad Judicial Norte de Guayaquil, ordenó este jueves 1 que el ciudadano en mención sea trasladado “inmediatamente” desde el Centro de Privación de Libertad de la Sierra Centro Norte Latacunga hasta el Centro Regional 8, junto a la Penitenciaría de Guayaquil.