Exfuncionarios judiciales que habrían sido afectados por una mala aplicación del artículo 109, numeral 7, del Código Orgánico de la Función Judicial afirman que el Consejo de la Judicatura (CJ) debe ejercer el derecho de repetición contra los servidores judiciales, quienes con sus “decisiones inapropiadas” provocaron un daño grave.