Criterios a favor y en contra se han pronunciado entre las autoridades de los colegios particulares, sobre las edades sugeridas en el nuevo reglamento de la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI), para los niveles de inicial, básica y bachillerato.
De acuerdo con el artículo 27 del reglamento, a la educación inicial pueden acceder niños de entre 3 y 5 años.
Publicidad
La normativa establece que el primero de básica se ofrece preferentemente a niños de 5 años. Mientras que al segundo, tercer y cuarto grado pueden acceder alumnos de 6 a 8.
Del quinto al séptimo de básica es para los alumnos de 9 a 11 años. En tanto, de octavo a décimo pueden acceder menores de 12 a 14 años.
Publicidad
El mismo artículo establece que el nivel de bachillerato tiene tres cursos y particularmente se brinda a los alumnos de 15 a 17 años. Sin embargo, en la normativa se agrega que no se debe negar el acceso al estudiante a un grado por su edad.
A criterio de la directora del colegio Balandra Cruz del Sur, Margarita de Fioravanti, esta normativa es “positiva” para la educación, porque según dijo, garantiza que no haya discriminación para ningún alumno en las instituciones educativas.
“No se convierte la edad en una limitación para entrar al curso establecido. Quiere decir que si todavía no cumplió la edad, pero tiene la preparación el alumno puede ingresar”, manifestó.
Mientras que para el exministro de Educación y rector del Ecomundo, Roberto Passailaigue, el artículo 27 se contradice, porque pese a que se establecen los rangos de edades, prohíbe que se niegue matrícula a los alumnos por su edad.
“O sea que si va un estudiante de 25 años a sexto año a matricularse hay que recibirlo y los chicos de 16 mezclados, qué opinarán los padres”, dijo.
Passailaigue añadió que la disposición debería considerar que la evolución cronológica y mental varía de acuerdo con la edad de los estudiantes.
Luis García, vicerrector del Colegio Politécnico, dijo estar de acuerdo en que no se puede negar el derecho de acceder a una matrícula.
Sin embargo, mencionó que es importante que cada institución brinde atención especial a los chicos que tienen esa disparidad en la edad.
Esto, según indicó, implicaría que el estudiante pueda realizar ciertos trabajos individualmente, según a sus necesidades educativas.
“El concepto de inclusión es muy importante, pero tiene que ser bueno tanto para el que está siendo beneficiado como para todo el grupo”, comentó.
Detalles: Normativa
Artículo 27
El artículo 27 del reglamento de la LOEI se refiere a la denominación de los niveles educativos.
No se debe negar acceso
Allí se estipula que en casos como repetición de un año escolar, necesidades educativas especiales, jóvenes y adultos con escolaridad inconclusa, entre otros, se debe aceptar, independientemente de su edad, a los estudiantes en el grado o curso que corresponda.