No se puede, no es viable, no sabemos, nunca se ha hecho, no insista, no vuelva. Estas fueron algunas respuestas que recibió de funcionarios del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) la cuencana Janneth Peña, de 50 años, cuando intentaba concretar la petición de la pensión de viudez (montepío) por la muerte de su pareja Thalía Álvarez Carvallo.

Janneth es la primera lesbiana en recibir este beneficio del montepío y cesantía por la muerte de su pareja que fue afiliada al IESS. Sin embargo, el proceso para lograr este beneficio fue tortuoso porque la primera vez que fue a esa entidad no quisieron recibirle los documentos. “El proceso fue difícil al principio porque los servidores públicos no estaban enterados de los derechos que ampara la nueva Constitución”. Su compañera Thalía, con quien convivió tres años y diez meses, murió de cáncer al páncreas, antes de cumplir 50 años, en abril pasado.

Ella era una activista feminista y defensora de los derechos humanos y de las mujeres lesbianas. También fundó la Corporación Humanas del Ecuador y fue parte del proyecto Trans. “Fue superdifícil pasar una etapa de duelo y hacer los trámites a la vez, pero Thalía sabía que iba a luchar hasta las últimas consecuencias por obtener este beneficio”. Trabas, discriminación fue lo que encontró al principio, antes de que el IESS entendiera que “somos como cualquier pareja, solo tenemos una preferencia sexual diferente, pero tenemos los mismos derechos”, recalcó.

Publicidad

El presidente del Consejo Directivo del IESS, Ramiro González, comentó que siempre el primer caso es difícil porque implica cambiar de mentalidad a los funcionarios. Ahora, las parejas del mismo sexo solo deben demostrar su unión libre a través de un notario.

Janneth destacó que tras años de lucha, la comunidad de homosexuales (gays), lesbianas, bisexuales y transexuales e intersexo (Glbti) ahora puede constituir legalmente una unión de hecho. Y con esto queda sentado el derecho a recibir todos los beneficios de la pareja fallecida. El beneficio se garantiza en la Constitución en su articulo 68, que establece que la unión estable y monogámica entre dos personas tendrán los mismos derechos y obligaciones que tiene un matrimonio.

Las parejas de igual sexo afiliadas tendrán derecho a todos los servicios del IESS como salud, créditos, entre otros.