Los nueve vocales del Tribunal Constitucional  (TC) se autoproclamaron ayer como magistrados de la Corte Constitucional  (CC) transitoria, en cumplimiento a la disposición constitucional vigente que les faculta a interpretar las normas de la nueva Constitución.

La decisión la adoptó el pleno del TC, tras una sesión reservada de casi seis horas el pasado lunes.

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La resolución tuvo como base jurídica el artículo 429 de la nueva Constitución, que configura a la Corte Constitucional como el máximo órgano de control, interpretación y administración de justicia constitucional, así como el artículo 27 del Régimen de Transición, que dispone que los vocales del  TC terminarán sus periodos cuando se posesionen los miembros de la Corte Constitucional.

Con esa actitud, afirmó el magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Mauro Terán, los vocales del TC dieron un golpe de Estado y asumieron de facto las funciones de magistrados de la CC que corresponden a la primera Corte que será designada desde las funciones Legislativa, Ejecutiva y de Transparencia Ciudadana. El TC, dijo, solo puede permanecer en funciones prorrogadas.

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La decisión del pleno del TC hizo hincapié en que no se puede concebir la existencia de un Estado Constitucional sin un órgano que tenga las atribuciones de interpretación exclusiva, control y administración de justicia constitucional.

La resolución incluyó la confirmación de las autoridades del Tribunal para dirigir la nueva Corte Constitucional transitoria. Es decir, dijo Pazmiño, seguirá como presidente; mientras, Édgar Zárate mantendrá la vicepresidencia; y Arturo Jijón, la secretaría.

Pazmiño explicó que los magistrados de la CC no tendrán suprapoderes, sino competencias definidas por la Constitución que tienen que ver con la garantía de los derechos fundamentales y el control político al poder público.

La moción que permitió que el Tribunal se convierta desde el 20 de octubre en Corte Constitucional fue planteada por  el vocal Alfonso Luz Yúnez, cuyo texto fue modificado con los aportes de Pazmiño, Hernando Morales y Manuel Viteri.

Los procesos que ingresaron hasta el 19 de octubre del 2008 y que estén pendientes en los juzgados comunes y en el TC seguirán tramitándose con la Constitución de 1998, la Ley de Control Constitucional, el Reglamento y otras  normativas.