La Corte Constitucional (CC) se pronunció este 26 de enero sobre las preguntas enviadas por el presidente Daniel Noboa. El fallo viabiliza la consulta popular prometida en campaña y aunque en el campo político ya se habla de ganadores y perdedores, lo único cierto es que habrá un pronunciamiento democrático de la ciudadanía.

Históricamente, a nivel local, se ha visto a una consulta popular como aprobación o censura de la población al convocante, pero las circunstancias del Ecuador obligan a empezar a tomar el tema con conciencia, sin egos de ningún protagonista, porque ese comportamiento de inmadurez política del pasado impide avanzar al país.

Preguntas sobre referéndum aprobadas pasarán nuevamente a la jueza ponente para que aplique otro ‘filtro’ constitucional

Todavía no hay fecha para la consulta, pero 13′654.291 electores estarían habilitados a responderla, de acuerdo con la actualización del padrón hecha pública por el Consejo Nacional Electoral (CNE).

Publicidad

El dictamen de la CC fue favorable a 10 de las 20 interrogantes que remitió el régimen, en dos partes, aunque luego retiró la que planteaba reactivar los casinos.

Las preguntas que se marcarán en la papeleta están relacionadas con reformas a leyes vigentes en materia de control de armas y municiones por parte de las Fuerzas Armadas en los alrededores de los centros carcelarios; tipificación de delitos relacionados con la tenencia de armas; incremento de penas para delitos de terrorismo, delincuencia organizada.

Nueve preguntas presentadas por Daniel Noboa no fueron aprobadas por la Corte Constitucional: ¿qué objeciones hicieron los jueces a su contenido?

La Corte definió que cuatro interrogantes implican cambios constitucionales vía enmienda. Estas refieren la extradición de ecuatorianos; creación de judicaturas especializadas en materia constitucional; arbitraje internacional; nuevas modalidades de trabajo a plazo fijo y por horas.

Publicidad

El Consejo Nacional Electoral tiene la disposición de convocar a la consulta una vez que reciba el decreto ejecutivo con la decisión presidencial.

Corresponde a políticos actuar con madurez en torno a la consulta, priorizando el interés del país; a los funcionarios velar por el correcto desarrollo del proceso y a la ciudadanía analizar su decisión sin presiones de ningún tipo y bien informada. (O)