El derecho al voto en nuestro país tiene su historia, inicialmente estaba circunscrito a una pequeña élite de ciudadanos privilegiados que poseían un caudal en metálico que estaba expresamente señalado en la carta magna. La mujer también estaba excluida, el argumento para negarle el derecho al voto era que iba a ser influenciada en su decisión por su marido o por su confesor; luego de largas luchas, recién en 1929 se consagra este derecho a favor de la mujer.
El derecho al voto de los militares en servicio activo lo ejercen en la mayoría de países latinoamericanos; en Ecuador lo ejercieron desde 1830 hasta 1931, este derecho fue restituido en la Constitución de Montecristi en 2008, el voto para los miembros de FF. AA. y Policías es facultativo; con este derecho, los uniformados se integran directamente al convivir democrático, a las decisiones trascendentales del país, y a elegir sus mandatarios; cuidando que este derecho no sea manipulado y que el virus nocivo de la politiquería no pase del umbral de los cuarteles.
En Chile se estableció este derecho solo para oficiales en la Constitución de 1925 y para la tropa, incluidos los conscriptos, desde 1980. Obviamente los militares tienen severas prohibiciones, igual que en nuestro país, para que el militar en servicio activo ejerza su voto le está estrictamente prohibido: realizar proselitismo político dentro de las unidades y demás dependencias de las Fuerzas Armadas, realizar campaña dentro y fuera de recintos electorales, ser candidato o candidata, ser miembro de una junta receptora del voto, sufragar en los cuarteles o instalaciones de las Fuerzas Armadas o portar armas al momento del sufragio.
Con justa razón se ha dicho: “Lo correcto es impulsar que los militares ejerzan su derecho al voto en forma transparente y que su participación se rija por reglas institucionales y que el derecho ciudadano de elegir lo ejerzan sin privilegios”. En Sudamérica solo en Colombia no votan los militares en servicio activo.
El académico Fernando Bustamante, en su artículo “Fuerzas Armadas democracia y ciudadanía”, señala: “Ser soldado no tendría por qué significar una interdicción, aunque sea temporal o parcial de la condición plena de ciudadanía. (…). Una ciudadanía desde y en las Fuerzas Armadas, requiere aceptar el desafío de la plena capacidad de sus miembros para ejercer su condición como ciudadano, tanto dentro como fuera de los cuarteles”.
Del conscripto al general, como todo ciudadano, estarán pensando: ¿por quién votar? Sin duda, decidirán por un auténtico estadista que crea en la democracia y en la división de poderes; que respete la Constitución y sus leyes. Que no los exacerbe, que no los descalifique, que nos les provoque, que no los divida y enfrente a la tropa en contra de los oficiales; que no socave su bien ganado prestigio, que respete sus leyes y reglamentos; que no meta la mano en los ascensos, especialmente de generales y almirantes; que les garantice los legítimos derechos de la seguridad social; que nombre un ministro de Defensa, civil o militar, hombre o mujer, que valore la importancia de unas FF. AA. profesionales y democráticas. (O)