La decisión del Ministerio del Trabajo de suspender a la vicepresidenta de la República, Verónica Abad, mediante un sumario administrativo, ha generado un intenso debate en Ecuador. Por un lado se argumenta que este acto vulnera principios constitucionales fundamentales, toda vez que un órgano inferior no puede suspender en su ejercicio a un dignatario de elección popular, lo que además para algunos juristas es un imposible jurídico.
Desde el Gobierno, en cambio, se ha justificado la decisión como una medida necesaria para proteger al país de una eventual transición presidencial que, según ellos, sería desastrosa para el futuro del Ecuador.
Este caso pone en evidencia un dilema: ¿debe el derecho aplicarse de manera estricta y literal, incluso cuando el resultado pueda ser perjudicial para el bienestar colectivo? O, como propone el constitucionalismo del bien común, ¿es legítimo interpretar y aplicar normas considerando los efectos prácticos en la sociedad?
El constitucionalismo del bien común, impulsado por el jurista Adrian Vermeule, profesor de Harvard, nos invita a repensar situaciones como esta. Esta teoría sostiene que las leyes y las constituciones deben interpretarse no solo como reglas estáticas, sino como herramientas para promover el bienestar de la sociedad. Según esta, decisiones como la suspensión de un funcionario electo sin pasar por la Asamblea podrían justificarse si están orientadas a evitar un daño mayor.
En el caso de Ecuador, los argumentos del Gobierno reflejan una preocupación por el impacto que tendría en el país que la vicepresidenta asuma la Presidencia temporalmente, especialmente en un momento electoral crítico. Aunque esta justificación puede parecer pragmática, también plantea preguntas incómodas sobre los límites de la legalidad y la justicia.
En este contexto, ¿es legítimo sacrificar principios constitucionales por el bien común? La suspensión de Abad abre un debate sobre cómo se deben resolver conflictos entre los principios constitucionales y las necesidades del país. La Constitución establece el procedimiento para destituir a un presidente o vicepresidente, sin embargo, el Gobierno parece sostener en este caso que el respeto estricto a estas normas podría poner en riesgo la estabilidad política en el país.
Desde la perspectiva del constitucionalismo del bien común, estas tensiones no son nuevas. Este sugiere que en situaciones extremas, el derecho debe adaptarse para servir a los intereses colectivos, pero también advierte sobre el peligro de justificar decisiones arbitrarias bajo el pretexto del bien común, lo que podría erosionar la legitimidad de las instituciones democráticas.
Dicho lo anterior: ¿debe prevalecer el respeto estricto a la Constitución, incluso si esto genera consecuencias negativas para el país?; ¿o es legítimo que las autoridades adopten medidas excepcionales en nombre del bien común? El caso de Abad es un recordatorio de que el derecho siempre se enfrenta a contextos políticos, sociales y económicos que desafían su aplicación. El desafío para Ecuador será encontrar un equilibrio entre respetar los principios constitucionales y garantizar que las decisiones públicas contribuyan al bienestar colectivo. (O)