El 17 de mayo del 2018 se publicó en el registro oficial número 243 La Ley Orgánica de Desarrollo Fronterizo, un clamor popular de las provincias, cantones y parroquias asentadas en las periferias del territorio ecuatoriano. La normativa tiene como objetivo “beneficiar” a las poblaciones fronterizas y propone:
Primero, la vigencia de una cultura de paz en los cantones y parroquias de frontera y en su relación con las poblaciones de los países vecinos. Segundo, el fortalecimiento de los vínculos de cooperación y buena vecindad con los demás cantones fronterizos de la franja y con las zonas de frontera de los países vecinos. Tercero, la promoción del desarrollo socioeconómico de la población de los cantones de frontera con el objeto de alcanzar la realización del buen vivir. Cuarto, la protección y garantía de los derechos de las personas, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades localizados en la zona fronteriza, asegurando su atención preferencial. Quinto, el desarrollo de los medios necesarios para la extensión y optimización de servicios para el desarrollo de las actividades económicas, sociales, culturales, tales como telecomunicaciones, transporte, energía eléctrica, agua potable, saneamiento, educación y salud, entre otros. Sexto, el fomento de la productividad y competitividad de las diferentes cadenas y sectores productivos de la región fronteriza, mediante el otorgamiento de incentivos y regulaciones específicas. Séptimo, la promoción de la investigación, transferencia tecnológica y la regulación del acceso, reproducción y aprovechamiento social y ambientalmente responsable del patrimonio natural y cultural en los territorios fronterizos. Octavo, la protección y garantía de los derechos de la naturaleza en las zonas fronterizas. Noveno, la protección y garantía irrestricta de la soberanía nacional y el fortalecimiento de la identidad nacional en las zonas de frontera. Y décimo, la protección y seguridad de las personas que habitan en la zona fronteriza, así como también de sus bienes y propiedades.
Otros beneficios estimados son: la exoneración total o parcial de tributos y aranceles para la importación de equipos y maquinarias, abrir accesos a líneas de créditos preferenciales en entidades financieras públicas, protección especial para la producción agropecuaria y pesquera, impedir el contrabando y la especulación.
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Además, la preferencia para ocupar cargos públicos y el pago de un bono para los pobladores de la frontera, entre otros beneficios.
Nada de esto se ha cumplido, hasta hoy, esta ley es letra muerta, por lo que confío que el nuevo gobierno se acuerde de la frontera sur del Ecuador, que también es patria y permita que por reconocimiento al cuidado de nuestro Ecuador se trate a los pueblos mejor. (O)
Alfredo Suquilanda Valdivieso, doctor en Jurisprudencia, Quito