El 29 de marzo del 2023 entró en vigor la “Ley orgánica reformatoria a varios cuerpos legales para el fortalecimiento de las capacidades institucionales y la seguridad integral”. Casi un año ha transcurrido sin que se cumplan las disposiciones relativas a la definición de una política criminal y el funcionamiento de toda la institucionalidad derivada de aquella.
Algo que sería sumamente útil en momentos en que el país enfrenta una “guerra interna” con las bandas criminales, a las que el Gobierno de Daniel Noboa ha declarado como “terroristas” y “grupos armados no estatales beligerantes”.
La norma agrega un artículo innumerado a la Ley de Seguridad Pública y del Estado referido a la política criminal y las instituciones encargadas de elaborarla y ejecutarla.
“La política criminal es el conjunto de respuestas que el Estado adopta, de manera integral e intersectorial, para prevenir y enfrentar la delincuencia y criminalidad con el fin de garantizar la protección de los intereses esenciales del Estado y los derechos de sus habitantes”, señala la ley.
Agrega que el Plan de Política Criminal incluirá un diagnóstico del fenómeno de la criminalidad en el país y las respuestas planificadas y coordinadas a corto, mediano y largo plazo que el Estado debe adoptar para prevenirlo y combatirlo. “Definirá políticas, acciones y recomendaciones dirigidas a la prevención de las causas del delito, respuestas penales para sancionarlo y mecanismos de rehabilitación y reinserción de las personas infractoras en la sociedad; y contendrá objetivos, metas e indicadores medibles de cumplimiento, así como la estrategia de intervención de las entidades públicas involucradas en su ejecución”.
El organismo encargado de elaborarla será un Ministerio de Política Criminal y Derechos Humanos, que tendrá entre sus atribuciones diseñar, definir e implementar planes, programas y proyectos en el ámbito de la política criminal y los derechos humanos; formular y ejecutar políticas para la erradicación de todas formas de violencia y discriminación, en particular contra mujeres, niñas, niños, adolescentes y otros grupos de atención prioritaria; coordinar y ejecutar, en su ámbito de competencia, la implementación del Plan de Política Criminal; articular acciones con las demás entidades de la Función Ejecutiva y con la Judicial para asegurar el cumplimiento de la política criminal del país; articular la política criminal a la política de seguridad integral del país, en coordinación con las entidades competentes; y otras más.
En tanto que el cuerpo colegiado que debe aprobarla es el Consejo Nacional de Política Criminal, que está integrado por quince personas, entre ministros y autoridades de instituciones del Ejecutivo y funciones del Estado. Ellos son:
1. Un delegado del presidente de la República.
2. El ministro del ente rector de la política de derechos humanos.
3. El ministro de la entidad encargada de la coordinación de la seguridad pública y del Estado.
4. El ministro del ente rector de seguridad ciudadana, protección interna y orden público.
5. El ministro del ente rector de la defensa nacional.
6. El ministro responsable de la coordinación y supervisión de la gestión de las gobernaciones provinciales.
7. El ministro del ente rector del Sistema Nacional de Inteligencia.
8. La ministra del organismo técnico del Sistema Nacional de Rehabilitación Social y de Atención Integral a Adolescentes Infractores.
9. El ministro responsable de la coordinación del sector social o que sea designado por el presidente de la República con este fin.
10. El presidente del Consejo de la Judicatura o, en ausencia, el delegado del pleno.
11. El presidente de la Corte Nacional de Justicia o, en ausencia, el delegado del pleno.
12. El fiscal general del Estado o su delegado.
13. El comandante general de la Policía Nacional.
14. La autoridad del Servicio Nacional de Aduanas o su delegado.
15. La autoridad de la Unidad de Análisis Financiero y Económico.
El delegado del presidente de la República presidirá el Consejo, y el ente rector de la política criminal y de derechos humanos ejercerá como secretaría técnica.
Y además estará, con voz pero sin voto, un delegado de la comisión encargada de la temática de seguridad de la Asamblea Nacional.
La ley dice que este consejo debe reunirse al menos una vez cada trimestre y que podrá crear mesas de trabajo, grupos o subcomisiones para que desarrollen diferentes temas. También podrá invitar a sus sesiones a otras autoridades, representantes de Gobiernos autónomos descentralizados, expertos, académicos, representantes de organismos internacionales o miembros de la sociedad civil.
Pero nada de esto se ha concretado: no hay una política criminal, no existe el ministerio del ramo y el Consejo de Política Criminal tampoco se ha reunido.
“No me explico cómo es que en este momento, en que se necesitan acciones simultáneas de combate al crimen organizado, no se ha avanzando en este tema. Hay profesionales, docentes que saben muchísimo del tema; pueden armar mesas de trabajo en diferentes lugares para que levanten información y entregársela al Consejo de Política Criminal”, refiere la jurista Verónica Hernández.
Hernández cayó en cuenta del incumplimiento de esta norma cuando revisaba el documento que envió el presidente Noboa a la Corte Constitucional (CC) en el que justifica su pedido de consulta popular.
En la fundamentación de la pregunta referida al control de armas, municiones, explosivos y accesorios en los centros penitenciarios, por parte de las Fuerzas Armadas, el texto dice: “De acuerdo con la Constitución de la República, uno de los deberes primordiales del Estado es el de garantizar el derecho a una cultura de paz, a la seguridad integral y a vivir en una sociedad democrática y libre de corrupción. En este mismo contexto, el Estado está encargado de garantizar la seguridad humana a través de políticas y acciones integradas para asegurar la convivencia pacífica de las personas, promover una cultura de paz y prevenir las formas de violencia y discriminación y la comisión de infracciones y delitos (...). Es justamente con este objetivo que resulta fundamental el desarrollo de una política pública específica en materia de criminalidad, o más comúnmente conocida como política criminal”.
“O sea que no la hay. Y tampoco se hizo en el gobierno de Guillermo Lasso”, refiere Hernández.
Al consultarle sobre la elaboración de dicha política criminal y el funcionamiento del consejo, la ministra de Gobierno y del Interior, Mónica Palencia, dijo en una reciente entrevista con EL UNIVERSO: “Tenemos una línea de política criminal que será presentada en la Asamblea. Tenemos el Cosepe (Consejo de Seguridad Pública y del Estado); todas las decisiones las estamos tomando ahí”.
En tanto que el exministro del Interior de Lasso, Juan Zapata, cuenta que el 2023 fue un año muy violento, y a esto se sumó la crisis política que derivó en la muerte cruzada.
Según Zapata, Lasso se reunía todos los lunes con su gabinete de seguridad, pero no se convocó —de lo que recuerda— a este Consejo de Política Criminal.
Sin embargo, señala que en el Ministerio del Interior sí había una Subsecretaría de Política Criminal que se dedicaba a elaborar estrategias en ese sentido.
De hecho, en los últimos meses del régimen de Lasso se presentó al Cosepe la llamada Estrategia Nacional contra la Delincuencia Organizada (ENDO) 2023-2030.
El exlegislador Ramiro Galarza, quien presidió la Comisión de Soberanía, Integración y Seguridad Integral que trató la norma en la Asamblea Nacional, expresa que sería importante que el Legislativo haga un seguimiento a la aplicación de esta normativa, porque ni siquiera se ha expedido el reglamento.
“Así, por ejemplo, es una obligación del Ejecutivo crear un Ministerio de Política Criminal y Derechos Humanos. Antes existía el Ministerio de Justicia, que habría sido el indicado. Nosotros teníamos que evaluar a quién darle estas competencias, y veíamos que el de Derechos Humanos era parcial y, por tanto, se le debía dar otra denominación y otras competencias. Por eso se estableció la creación de este ministerio”, recuerda.
Agrega que se pensó en el Consejo de Política Criminal como una instancia amplia en la que confluyeran todos los actores relacionados con la seguridad, como el Ejecutivo, la justicia, la Asamblea y hasta la academia y la sociedad civil. “Lamentablemente, no está funcionando. No solo se trata de combatir al delito; mañana se puede meter presos a todos los delincuentes que mañana todos los espacios que ocupaban se llenan con otros, porque no hay una política de prevención del delito”, opina. (I)