La entrega de la reconstrucción del tercer informe del perito argentino Roberto Meza sobre el asesinato del general Jorge Gabela es un gran avance para la investigación del crimen. El perito proporcionó nombres de posibles autores intelectuales e indicó que el asesinato podría estar relacionado con las denuncias que hizo el general Gabela sobre irregularidades en la adquisición de 7 helicópteros Dhruv.

¿Qué pasó con los siete helicópteros Dhruv que compró la Fuerza Aérea Ecuatoriana?

Según el Dr. Ramiro Román, abogado de doña Patricia Ochoa, viuda de Gabela, no se trata de un delito común (habría una ejecución extrajudicial), es un delito de derechos humanos, “de un caso imprescriptible y que pasó a otro nivel. La Fiscalía General tiene que actuar en muchos aspectos (…) no es que el informe haya deslindado (de la investigación) al presidente Rafael Correa. La responsabilidad de los funcionarios nombrados en el informe es dentro de un delito de Estado, en donde intervienen funcionarios y empleados del Estado en el cometimiento de la muerte de una persona” (EL UNIVERSO, julio 13/2023).

Hay que destacar como algo positivo, dentro de la siniestra historia que rodeó al asesinato de un general de la República y de la atormentada situación de su viuda y familiares cercanos, la acertada intervención en esta ocasión de la Corte Constitucional (febrero 2023), pues con solvencia y concreción atendió el pedido de acceso a la información sobre el tercer informe de Meza, planteado por el defensor del Pueblo en el 2018, que había sido negado por jueces de la función judicial.

Los Dhruv de la discordia

En efecto, en la unánime Sentencia No. 2366-18-EP/23 (juez ponente: Enrique Herrería), observando la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), desarrollando principios y reglas constitucionales, la Corte Constitucional dispuso la reconstrucción del tercer informe de Meza, y entre varias reflexiones especificó que existe un vínculo estrecho entre el derecho de acceso a la información pública y el derecho a la verdad, cuando tal información tiene relación con crímenes o violaciones a derechos humanos. De tal manera que cuando se impide el acceso a la información pública, a la vez se vulnera el derecho a la verdad, porque una información (como la del perito Meza) podría utilizarse para reconstruir hechos, causas del crimen y puede contribuir a ubicar a los responsables y, así, obtener su sanción y la reparación a las víctimas. Para la Corte, la negativa a entregar información de esta naturaleza repercute directamente en el derecho de los familiares a conocer la verdad y en el derecho de la sociedad toda.

La CorteIDH, en el caso La Cantuta estableció que todo Estado debe combatir la impunidad, pues la impunidad propicia la repetición crónica de violaciones de derechos humanos y la total indefensión de víctimas y familiares, que tienen derecho a conocer toda la verdad de los hechos, y que se sancione a los culpables. El reconocimiento y ejercicio del derecho a la verdad es un medio reparador importante. Debemos estar pendientes de que el Estado satisfaga plenamente la justa aspiración de los familiares de Gabela. (O)