“Por si aca” es una expresión vulgar que significa “por si acaso”. Quizás todos la hemos pensado y usado, pero hagamos un esfuerzo para que su uso no lleve a distorsiones, peor a artimañas o a “sapadas”.
En lo jurídico, en los hechos, se ha abusado. En recursos constitucionales, presentando dos iguales, ante diferentes jueces, “por si aca” una la niegan, en excepciones, en pruebas, hay quienes actúan en forma abusiva, que aun podría calificarse de maliciosa o temeraria, para un acaso jueces, fiscales y/o peritos caigan en el engaño, o también se sumen a lo ilícito. A los abogados actuantes se les puede prohibir el ejercicio profesional, a más de procesarlos.
Entre las acusaciones a la fiscal general, Diana Salazar, se menciona que está queriendo llevar a la cárcel a abogados, faltando al principio universal de que todo procesado tiene derecho a la defensa y que ningún abogado por asumir una defensa debe ser castigado. Lo que no debe confundirse es patrocinar o defender con ejecutar ilícitos como parte de la defensa. Y para el caso de “delincuencia organizada”, cual es el de Metástasis, en cuanto a responsabilidad penal de colaboradores, el último inciso del art.369 del Código Integral Penal, posreforma de marzo del 2023, expresa que “por colaborador se entenderá a quien ofrezca, preste o facilite conocimientos jurídicos, contables, técnicos, científicos u otros ya sea de manera ocasional o permanente, remunerados o no, con el propósito de servir o contribuir a los fines ilícitos de la organización”. La pena privativa de libertad va de 5 a 10 años, según los delitos para los que se colabora.
La transparencia nunca debe condicionarse a imposiciones, ni solo limitarse a formatos...
Por otro lado, se ha desvalorizado el “juramento” cuando es parte de un formulario o texto obligatorio.
Las declaraciones patrimoniales para el inicio y el final del ejercicio de la función pública y las declaraciones patrimoniales tributarias, para los contribuyentes, están en ese riesgo. La expresión de que incluye todos los activos que directa o indirectamente tenga el declarante tiene el vacío de lo que pueda significar “indirectamente”, debería haber más precisión e incluir los activos de que usa o dispone el declarante aun cuando no sean suyos, indicando el vínculo que les permite el uso o la disposición de aquellos. Caso contrario se multiplicarán los declarantes “perjuros”.
Un problema gravísimo son los precios para la contratación pública y para prestadores de servicios de entidades públicas. Por principio deben ser los ordinarios, inclusive con descuentos, pero la práctica de la morosidad usual del sector público, de meses y aun años, lleva al riesgo de la quiebra del que no pueda cobrar. Debería haber margen y tiempo de tolerancia para el pago y luego, pasado ese tiempo, el pago debe ser con intereses. Solo exigir que se apegue a un tarifario –casi nunca actualizado– y con juramento podría ser un abuso.
La transparencia nunca debe condicionarse a imposiciones, ni solo limitarse a formatos, con o sin juramento, debe ser un acto de conciencia y voluntad.
Que el 2024 sea un año de realizaciones, en calidad de vida y en transparencia. Que la bendición de Dios esté presente en el Ecuador y en nuestros hogares. (O)