Ecuador no funciona a plenitud por la propia acción de las autoridades, que solo piensan en sus espacios e intereses políticos y no en la gente, a la que dicen defender y servir. No entienden el momento difícil que se vive en el país por el conflicto armado interno y la guerra contra los grupos delincuenciales organizados, que son transnacionales, el narcotráfico, la minería ilegal y la narco política, que debería unir a todos para trabajar en una sola dirección.

Bloqueos institucionales inexplicables que hacen el juego a quienes buscan periódicamente la desestabilización, sin reparar que eso no solo hace daño a la administración de turno, que es pasajera, sino a la estabilidad del país y la certidumbre y la confianza que necesitan los ciudadanos.

Solo se reivindican y protegen los derechos, que es correcto, pero incompleto, porque nada se dice ni se exige las obligaciones y las responsabilidades que también tenemos todos y que están en la Constitución.

No termina de entenderse qué quiere la Corte Constitucional (CC) que para unos casos es ágil y rigurosa, y en otros es lenta y laxa. Así aprobaron el matrimonio igualitario, cuando el art. 67 de la Constitución dispone que el matrimonio es entre hombre y mujer. Novelerías de los académicos teóricos, sesgados y prepotentes.

En casuística, el dictamen 513-20 revisa la sentencia que resolvió la acción de habeas corpus dictada por una sala de la Corte de Pichincha presentada por la privación de libertad de seis adolescentes en las destructivas protestas de octubre del 2019, que aterrorizó a la población y que estuvieron a punto de incendiar Quito.

Reivindica que los adolescentes sufrieron daños inmateriales, afectaciones psicológicas y luego dificultad de inclusión en la sociedad y en sus comunidades indígenas. ¿Y los daños que sufrieron los ecuatorianos en su mayoría? Se refiere a “protestas con enfoque etario e intercultural”, que distorsionaron el principio constitucional del derecho a la resistencia, que debe tener límites y no buscar la destrucción de bienes públicos y privados y porque protagonizaron secuestros y agresiones a policías, militares, periodistas y a la población.

La CC, como sostienen constitucionalistas, debe tener cuidado en los textos que aprueba y poner límites al derecho a la resistencia. Pudo y debe hacer pedagogía al analizar que la Constitución no solo ampara derechos y garantías jurisdiccionales sino también hay capítulos de obligaciones y responsabilidades en la actuación de todos, incluidos los menores.

¿Cómo entender el registro de que aquellos adolescentes de comunidades indígenas sufrieron malos tratos cuando fueron aprehendidos porque solo concurrieron a vender botellas de agua, en medio del vandalismo y acciones terroristas, algo inverosímil? ¿Y el mal trato y agresiones contra la gran mayoría de la población que no pudo circular libremente, que la Constitución ampara?

La Defensoría del Pueblo, que desde años no tiene titular, ha quedado, por mandato de la CC, para abrir una cuenta bancaria, si así lo requieren los adolescentes que reciban la reparación en equidad, en lugar de disponer que enseñen y capaciten en las obligaciones que tienen los ciudadanos con el país y no solos los derechos. (O)