A través de un programa de intercambio y becas pude estudiar Derecho en Estados Unidos y obtuve el título de Doctor en Jurisprudencia. Los estudios los realicé entre 1996 y 1997 y de 1999 al 2002. Después me presenté y aprobé el examen en el estado de Oregón, EE. UU. Regresé abruptamente a Ecuador por motivo de la salud de mi padre, a finales de 2002.

Una vez en Ecuador, eventualmente vi la necesidad de inscribir mi título en el Senescyt. A pesar de saber que era un título de posgrado, acepté la injusticia de que fuera reconocido como de tercer nivel. Lo hice porque obtuve también un MBA, que ese sí lo reconocieron como de posgrado, con lo cual podía acceder a la docencia universitaria.

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Pasaron los años y al unirme a la Facultad de Jurisprudencia de la universidad en la que trabajo fue necesario contar con un título de cuarto nivel afín a la carrera. Por pedido de las autoridades de la facultad, inicié el trámite para que la Senescyt reconociera mi título de Doctor en Jurisprudencia como maestría. En el proceso me enteré de que tanto para la American Bar Association (ABA) como para la Universidad de Willamette, el título de J. D. como se conoce en inglés era equivalente al de Ph. D., algo muy buscado y necesario en la vida académica hoy en día. Presenté los documentos adjuntos, incurriendo en gastos para apostillar la carta de la ABA. Después de un largo proceso, Senescyt reconoció finalmente mi título de Doctor en Jurisprudencia como una maestría de cuarto nivel. Eso era lo que yo necesitaba para seguir dando clases en la facultad, así que me sentí aliviado.

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Que un ecuatoriano se gradúe de doctor en jurisprudencia en EE. UU. en el tercio más alto de notas de su clase debería ser motivo de orgullo y debería ser apoyado.

Ha pasado un poco más de tiempo y se acerca el periodo de acreditación de la universidad, para lo cual sería más conveniente que mi título sea reconocido como de Ph. D. En diciembre del 2023 presenté nuevamente la solicitud, indicando que mis estudios fueron realizados entre los años mencionados, por lo cual tendría que aplicar la normativa anterior y no la clasificación Cine Unesco 2011. Expresamente mi abogado invocó el artículo 207 del Código Orgánico Administrativo, que daba a la Senescyt 30 días hábiles para contestar, pasaron más de 30 días hábiles y no obtuve respuesta, así que insistí.

Senescyt finalmente respondió negando mi solicitud, invocando los mismos argumentos que usaron para aceptarla como maestría. Me citaron a mí mismo, que me referí al título como de maestría, antes de saber los pronunciamientos de la ABA y de la Universidad de Willamette. Invocaron nuevamente Cine Unesco 2011, de manera retroactiva. Y lo más importante, violaron el artículo 210 del Código Orgánico Administrativo, que dispone que cualquier respuesta después de 30 días hábiles debe ser confirmatoria.

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Para esto yo ya presenté una acción de silencio administrativo positivo en el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo de Quito, que actualmente espera ser calificada. Me indican que este proceso podría tomar un año y medio y no hay garantía de que vaya a ser aceptada la demanda. Tuve que incurrir en gastos para ser representado en esta acción.

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Que un ecuatoriano se gradúe de doctor en jurisprudencia en EE. UU. en el tercio más alto de notas de su clase debería ser motivo de orgullo y debería ser apoyado. Sin embargo, a las personas que realizamos el sacrificio de tiempo, esfuerzo y dinero que esto implica solo nos queda la satisfacción de que los conocimientos adquiridos nos permiten dar mejores clases a las futuras generaciones de abogados. (O)

Juan Javier Aguiar Román, Quito