El Ministerio de Salud Pública (MSP) condiciona la aprobación de la adquisición y aplicación de vacunas contra el COVID-19 por parte de los municipios del país al cumplimiento de una serie de trámites y requisitos no solo nacionales, sino internacionales.

La reacción frente al documento fue inmediata por parte de la alcaldesa de Guayaquil, Cynthia Viteri, quien señaló que se trata de una pérdida de tiempo “que paraliza el proceso de adquisición de vacunas”. Guayaquil tiene adelantado el proceso para dicha compra, que sería de dos millones de dosis.

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El documento, firmado por el ministro de Salud recién posesionado, Rodolfo Farfán Jaime, y dirigido a la Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME), aclara que el procedimiento para obtener la autorización de importación de la vacuna contra el COVID-19 para iniciativas gratuitas de públicos o privados consiste en remitir una solicitud formal al MSP, adjuntando una carta oficial emitida por el laboratorio productor de la vacuna donde se establezcan el tipo de vacuna y la disponibilidad.

Con esa base, el MSP daría paso a la revisión por parte de la Agencia de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa), según corresponde.

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La Arcsa, bajo la normativa y protocolo técnico de importación y uso por emergencia sanitaria de vacunas contra el COVID-19, “previo a emitir la autorización de importación, verificará que estos medicamentos biológicos cumplan con la aprobación de instituciones sanitarias de referencia global como la OMS, Unión Europea (EMA) y FDA para garantizar su seguridad e inocuidad antes de su ingreso al país, tal como lo ha realizado para la aprobación de todas las vacunas que ha negociado el Gobierno nacional”.

”Asimismo, de acuerdo con lo que establece la iniciativa Covax de la Organización Mundial de la Salud, procede emitir aprobaciones sanitarias única y exclusivamente a laboratorios fabricantes de las vacunas COVID-19, y no a intermediarios, distribuidores ni otra entidad distinta al productor. Las iniciativas municipales de orden sanitario, de conformidad con el Código Orgánico de Organización Territorial, deben articularse con el Sistema de Salud Pública Nacional de Inmunización, como ente rector nacional de vacunación, y deben acogerse a las fases de priorización establecidas en el Plan Nacional de Vacunación Ecuador 2021″, cita el documento.

Es prioridad del MSP precautelar que todos los procesos de adquisición de vacunas COVID-19, en un entorno tan complejo de proveeduría internacional, se lleven bajo los estrictos estándares legales y de negociaciones directas con laboratorios aprobados por organismos internacionales, refiere.

Agrega que frente a los pronunciamientos públicos de varios ciudadanos, entre los cuales se encuentra la Plataforma de Contraloría Social, y de la Comisión Nacional Anticorrupción, sobre la preocupación del marco de colaboración entre el Ministerio de Salud Pública y los municipios, este Ministerio, adicionalmente al procedimiento aquí descrito, está realizando la correspondiente consulta al procurador general del Estado a efectos de que la ejecución de esta colaboración se dé en el estricto cumplimiento de los principios legales correspondientes, como es la voluntad de todas las partes. (I)