Antes del feriado de Semana Santa, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) podría designar a la primera autoridad de la Superintendencia de Protección de Datos Personales de una terna enviada por el primer mandatario, Daniel Noboa Azín.

La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales está vigente desde el 26 de mayo del 2021 y casi tres años después se cumplirá el artículo 77, que dispone la designación de una autoridad que dirigirá esta superintendencia.

Tampoco se ha definido dónde funcionará esta nueva superintendencia y si está contemplada la asignación de recursos dentro del Presupuesto General del Estado para su creación, ya que el reglamento a la ley, que dictó el exmandatario Guillermo Lasso, establece que la entidad gozará de autonomía administrativa, técnica, operativa y financiera.

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Para ocupar esta función, el presidente de la República, Daniel Noboa, nominó a tres personas:

  1. Fabrizio Roberto Peralta Díaz
  2. María Paulina Casares Subía y,
  3. Luis Fernando Enríquez Álvarez

Los tres postulantes superaron la fase de admisibilidad, relacionada con la revisión de requisitos legales para ejercer cargo público, y la impugnación.

Justamente, el pleno del Consejo de Participación Ciudadana desechó, la noche del 22 de marzo de 2024, dos impugnaciones planteadas por el ciudadano Luis Layedra Bustamante en contra de Luis Enríquez y Fabrizio Peralta. Se argumentó que las objeciones no reunieron los requisitos contemplados en el reglamento.

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Con el voto de los siete consejeros se aprobó el informe jurídico y se cerró esta etapa.

La penúltima fase consiste en convocar a los tres candidatos a una audiencia pública en la que expondrán una propuesta de plan de trabajo de llegar a ser electos autoridad de la superintendencia.

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Corre un término de tres días para que se lleve a cabo esa diligencia, que podría ser el miércoles, «en la que cada candidato se someterá a preguntas de los consejeros luego de una exposición del plan de trabajo que implementarían en caso de ser elegidos», cita el reglamento.

Su titular será designado en el término de un día (sesión prevista para el jueves), luego de la audiencia oral, y la resolución tendrá que ser motivada y «particularmente mencionar cómo el candidato seleccionado cumplió con los criterios de especialidad y méritos y por qué».

Finalmente, el oficio se enviará a la Asamblea Nacional para que proceda con el acto formal de posesión.

La Ley de Protección de Datos Personales establece que esta autoridad estará en funciones por cinco años y será parte de la Función de Transparencia y Control Social.

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Este organismo es el encargado de «garantizar a todos los ciudadanos la protección de sus datos personales y de realizar todas las acciones necesarias para que se respeten los principios, derechos, garantías y procedimientos», y sus atribuciones son los siguientes:

  • Hacer cumplir las regulaciones en el marco de la protección de datos personales.
  • Registrar las bases de datos en el Registro Nacional de Protección de Datos Personales.
  • Dirigir y administrar el Registro Único de Responsables y Encargados Incumplidos.
  • Emitir regulaciones para la protección de datos personales.
  • Emitir los informes técnicos dentro de los mecanismos de control y supervisión que se dispongan.
  • Proponer reformas a la ley y su reglamento.
  • Emitir guías de referencias que ayuden a los responsables y encargados del tratamiento de datos en el proceso de adecuación y cumplimiento de la normativa de protección de datos personales.
  • Conocer y resolver las peticiones, quejas, reclamos y recursos que se propongan en el ámbito de su competencia y de conformidad con la ley. (I)