Este Diario recibió una solicitud de aclaración y rectificación de Marisol Andrade Hernández, directora general del Servicio de Rentas Internas, el lunes pasado, que señala:

El día 22 de diciembre, el diario EL UNIVERSO publicó la nota ‘De unas 959 entidades públicas, 2 cumplen la guía antisoborno en Ecuador’. La publicación de la referencia incluye testimonios en el cual uno de estos dice: ‘Hay personas intocables, otras dicen arreglar por la vía legal’ conforme el texto expuesto al inicio de este documento.

El mencionado texto hace referencia a testimonios en torno a “empleados” del SRI y supuestos casos de corrupción en esta entidad, sin que esta información haya sido contrastada o corroborada con las autoridades de esta Administración Tributaria.

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Al respecto, es necesario indicar que el SRI en el marco de la política de lucha contra la corrupción, estableció la decisión y necesidad de implementar las acciones que permitan identificar, documentar, controlar, dar seguimiento e investigar todos los riesgos que puedan derivar en actos de corrupción, fraude y soborno que se presenten en la institución. Para el año 2020 se tiene previsto implementar y certificarse en la Norma ISO 37001-2016 Sistema de Gestión Antisoborno, en el proceso de Gestión de Cobro.

El análisis para esta decisión fue eminentemente técnico y consistió en la valoración de siete criterios cuantitativos de calificación, aplicados a todos los procesos institucionales, dando como resultado un ranking cualitativo de riesgo de soborno para los procesos. Con esta metodología se consideró al proceso de “Gestión de Cobro” como el de mayor riesgo de soborno y se estableció la necesidad de certificarlo, con alcance a la ciudad de Quito, bajo la Norma ISO 37001-Sistema de Gestión Antisoborno.

A partir de esta decisión se han desplegado los recursos y esfuerzos institucionales, alineados con el objetivo de obtener la certificación que garantice un nivel de razonable seguridad sobre la gestión antisoborno en el proceso de gestión de cobro.

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Asimismo, a partir del año 2020, el Ecuador podrá aplicar la Convención Multilateral de Asistencia Administrativa e Intercambio de Información tributaria, con más de 130 jurisdicciones a nivel mundial, con la finalidad de fortalecer la transparencia fiscal y la lucha en contra de las tramas evasivas y elusivas. Qué más muestra de la decisión del Gobierno de Todos de combatir la corrupción en todos sus niveles.

Es menester indicar que el reportaje periodístico hace alusión explícitamente a hechos de corrupción, siendo necesario que exista responsabilidad en la información que se transmite, observando el derecho de la ciudadanía de recibir información veraz, verificada, oportuna y contextualizada.

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La información difundida, al no haber sido contrastada ni corroborada de manera oficial con el SRI podría tergiversar hechos, incluso produciendo graves perjuicios a la imagen institucional de esta Administración Tributaria.

Como máxima autoridad de esta entidad, considero que la información difundida por su medio de comunicación en la nota periodística de la referencia debe ser rectificada, conforme lo establece el artículo 23 de la Ley Orgánica de Comunicación, señalando expresamente que la misma no ha sido corroborada, ni verificada, peor aún contrastada oficialmente con la institución a la cual represento, a más del legítimo de mi derecho a la réplica que me asiste en los términos del artículo 24 de dicha Ley.

La información expuesta en su nota de prensa, claramente detalla un esquema de fraude fiscal que de ser comprobado y detectado, atentaría gravemente a los intereses del Estado ecuatoriano, no solo por la aparente eliminación irregular de los tributos realmente debidos, sino por la presunta participación de funcionarios públicos y contribuyentes, quienes estarían incurriendo en conductas dolosas como cohecho y concusión, delitos tipificados y sancionados en el Código Integral Penal, figuras delictivas que por su gravedad son imprescriptibles y su juzgamiento puede realizarse inclusive en ausencia de sus partícipes. (O)