Durante la jornada electoral de este domingo, 13 de abril, existe la posibilidad de ausencias de votos. Frente a esto, el Código de la Democracia contempla una serie de causas que permiten justificar la ausencia y evitar la multa de $ 47, equivalente al 10 % del salario básico unificado.

Según el artículo 292, están exentos de multa quienes no pueden votar por mandato legal en los siguientes casos:

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  • Si presentan problemas de salud o impedimentos físicos debidamente certificados.
  • Si han sufrido una calamidad doméstica grave hasta ocho días antes o el mismo día de las elecciones.
  • Si se encuentran fuera del país o llegan o salen del territorio el día de los comicios.

Tampoco serán multadas las personas con voto facultativo, como los adolescentes entre 16 y 18 años, los mayores de 65 años, los miembros de la Policía y Fuerzas Armadas en servicio activo, personas con discapacidad y ecuatorianos residentes en el exterior.

¿Qué documentos debo presentar para justificar no votar en las elecciones?

Para presentar la justificación, los ciudadanos deben acudir a la delegación provincial electoral correspondiente con la cédula y los documentos que respalden su caso, como certificados médicos, migratorios, de defunción u otros, según corresponda.

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El trámite no tiene costo y se realiza en la ventanilla única del Consejo Nacional Electoral. Una vez entregada la solicitud, el usuario recibirá un número de trámite y podrá conocer la resolución en un plazo máximo de 48 horas.

Si este lo hace un tercero, debe presentar una autorización firmada, copias de cédulas y el formulario correspondiente que puede descargarse en la página web del CNE. (I)