El Concejo Municipal de Guayaquil aprobó este lunes, 13 de mayo, por unanimidad, en segundo debate, la tercera reforma a la ordenanza que regula la creación y funcionamiento de la Empresa Pública Municipal de Tránsito y Movilidad de Guayaquil EP.
Con ello, se traspasan al Municipio las atribuciones y competencias relacionadas con la planificación de viabilidad urbana, se detalló en la sesión que se realizó en el Salón de la Ciudad.
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La votación la realizaron los catorce concejales que acudieron a esta sesión; este proyecto de ordenanza, mocionado por el concejal Terry Álvarez, fue el primer orden del día.
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Con el traspaso del área de Movilidad de la ATM al Municipio de Guayaquil, la Dirección de Urbanismo, Movilidad, Catastro y Edificaciones del cabildo de Guayaquil (Dumce) hará directamente los trámites de factibilidad, así como los estudios de impacto vial serán gestionados desde el Municipio, lo que permitirá dar agilidad a la ejecución de obras y proyectos de la Dirección de Obras Públicas, además de eliminar trámites burocráticos promoviendo una gestión más eficiente de las iniciativas de infraestructura vial.
La concejala Ana Chóez, quien estuvo hoy en la sesión, explicó que la ATM mantiene su nombre y que no hay traspaso de competencias como tal, porque el Municipio de Guayaquil ya las tiene. “Solo que le quita a la ATM para que sea el GAD directamente quien la ejerza y las demás funciones que tiene ATM permanecen igual”, comentó ella.
Ella agregó que la viabilidad urbana tiene como enfoque principal el acondicionamiento territorial de la ciudad, pues una ciudad que no guarde las condiciones técnicas para la correcta circulación de movilidad rodada como peatonal, equivaldría a serios problemas en la logística de la transportación.
“Ya que mientras el parque automotor siga extendiéndose, asimismo la ciudad debería expandirse con él, ya que así se podrán asegurar las condiciones de la infraestructura vial que la ciudad necesita”, manifestó.
Concejales indicaron que el ordenamiento vial es el que queda bajo la competencia única del Municipio, entidad que tendrá injerencia directa en la planificación vial, sin que esto signifique que las demás competencias de ATM tengan algún cambio estructural, ya que se mantendrán como se han venido ejerciendo. (I)