Para optar a una visa de trabajo en los Estados Unidos “necesitas una empresa que te quiera pedir la visa”. Es decir, la tramitan para el futuro empleado en suelo estadounidense. No se puede solicitar desde otro país.
Así lo señala, para aclarar dudas, el abogado Julio Oyhanarte, dedicado a temas de inmigración.
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Los empleadores deben patrocinar a los trabajadores extranjeros para obtener visas proporcionándoles una oferta de trabajo válida, presentando la documentación, pagando tarifas y demostrando la necesidad de talento extranjero, detallan en Airswift.
Una empresa es la que tiene que pedir la visa, con lo que primero debes encontrar la compañía que te pida la visa correspondiente, resalta el abogado Julio Oyhanarte.
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Pasos para que empresa patrocine la visa de trabajo
El proceso lo desglosa, vía digital, Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS).
En la mayoría de los casos, señala el USCIS el proceso comienza cuando el empleador obtiene una Solicitud de Certificación Laboral Permanente (LCA, por sus siglas en inglés) del Departamento del Trabajo (DOL, por sus siglas en inglés).
Después que la solicitud haya sido aprobada por DOL, el empleador sigue el proceso presentando el Formulario I-140, Petición de Trabajador Extranjero, ante el USCIS.
Si no se requiere una certificación previa de DOL, el proceso de patrocinio comenzará cuando usted presente el Formulario I-140 ante USCIS.
El Formulario I-140 está disponible en la página web de la citada agencia.
Algunas veces, el extranjero puede combinar el Formulario I-140 con una Solicitud de Residente Permanente.
Un empleador estadounidense puede patrocinar a un extranjero dentro o fuera de Estados Unidos que califique bajo una o más de las categorías de visas de inmigrante basadas en empleo (EB, por sus siglas en inglés).
Categorías de visas
Las categorías de visas EB están divididas en varias categorías de preferencia
- EB-1 – Trabajadores prioritarios
- EB-2 – Profesionales con postgrados o personas con habilidades excepcionales
- EB-3 – Profesionales o trabajadores especializados
- EB-4 – Inmigrantes especiales.
En usa.gov indican que si el puesto requiere una certificación laboral, puede leer:
- Conozca el proceso de certificación laboral del DOL (en inglés).
- Conozca el Formulario ETA 9089 (en inglés)
Cuando su empleador obtenga la certificación por parte del DOL, debe incluirla en la petición de patrocinio y el formulario I-140 ante el USCIS.
Petición por su empleado
Presentar una petición demuestra que la persona tiene la intención de contratar al empleado cuando la petición sea aprobada.
Cuando usted demuestra que habrá una relación de empleador-empleado y que la persona tiene las habilidades necesarias para el trabajo, ello le asegura a su empleado un turno de espera junto a otros que están esperando inmigrar basándose en la misma categoría de visa EB.
Cuando le llegue el turno a su empleado extranjero, este podrá solicitar inmigrar a los Estados Unidos.
Ese turno de espera de su empleado, conocido como la “fecha de prioridad”, estará basado en la fecha en la que usted presentó la Certificación Laboral a DOL o, si no se requirió Certificación Laboral, en la fecha en la que presentó su petición a USCIS.
Por esta razón, es necesario que presente la solicitud tan pronto sepa que desea contratar permanentemente al extranjero.
¿Cómo presentar una petición por un empleado potencial?
El empleador tiene que determinar si el empleado actual o potencial cumple con alguno de los criterios de una de las cuatro categorías de preferencia.
Qué requisitos debo cumplir para saber si soy elegible para un permiso de trabajo en Estados Unidos
El proceso es el siguiente:
- Para la categoría EB-1, presente el Formulario I-140 ante USCIS.
- Para las categorías EB-2 y EB-3, debe presentar primero una Solicitud de Certificación Laboral a DOL. Luego, con la Certificación Laboral aprobada, presente el Formulario I-140 ante USCIS. Tenga en cuenta que en la categoría EB-2 se ha eximido del requisito Certificación Laboral a los extranjeros que cualifican para una exención por interés nacional.
- Para la categoría EB-4, presente el Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial, ante USCIS.
Informa, igualmente, la agencia que si su empleado está emigrando a Estados Unidos como residente permanente, deberá pagar por concepto de la Tarifa de Inmigrante de USCIS.
Con información de USCIS y usa.gov (I)