Durante la sesión plenaria realizada la tarde del martes 12 de marzo, el pleno de la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate gran parte del proyecto de ley reformatoria a la ley de Seguridad Social y a la ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess), cuya iniciativa fue ciudadana.

Dentro de lo aprobado por la mayoría de asambleístas, con 95 votos a favor, está el cambio del número de integrantes del Consejo Directivo del IESS y la modificación de la selección de tres integrantes del directorio del Biess.

También se incluyen medidas relacionadas con la deuda que el Estado tiene con el Seguro Social, así como la creación de nuevas prestaciones, entre otros temas.

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Lo que no se aprobó en el pleno, ya que hubo 72 votos negativos, fue la disposición transitoria tercera, que ordenaba que el Estado podría transferir al IESS acciones de empresas o de entidades financieras como forma de pago por la deuda con la seguridad social.

El proyecto de ley fue impulsado por Henry Llanes, exlegislador y dirigente de los jubilados, quien consiguió 54.557 firmas de respaldo para su propuesta legal, que fue tramitado por la Comisión del Derecho al Trabajo y a la Seguridad Social.

Entre las motivaciones del cuerpo legal propuesto por Llanes se destaca que es urgente que los afiliados activos y pasivos tengan el control de la administración y gestión del IESS, a fin de ejercer una gestión transparente de los recursos.

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Integración del Consejo Directivo del IESS

Actualmente el Consejo Directivo del IESS está compuesto por tres miembros: un delegado de la Función Ejecutiva (quien preside el Consejo), un delegado de los empleadores y otro de los asegurados.

Ahora, la ley reformatoria establece que el Consejo Directivo estará integrado por cinco miembros principales:

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  • Uno en representación de los afiliados en relación de dependencia públicos y privados.
  • Uno en representación de los afiliados sin relación de dependencia, que son los afiliados voluntarios residentes en el país, ecuatorianos domiciliados en el exterior, trabajadores autónomos e independientes, trabajadoras del hogar no remunerado, menores trabajadores independientes, y seguro social campesino.
  • Uno en representación de los jubilados.
  • Uno en representación de los empleadores.
  • Uno en representación de la Función Ejecutiva, quien será elegido de una terna propuesta por el presidente de la República y nombrado por resolución de la Asamblea Nacional dentro de los quince días posteriores desde su recepción; en caso de no existir pronunciamiento por parte de la Función Legislativa, será nombrado de manera directa el primero de la terna.

La norma dispone que cada miembro principal tendrá su respectivo alterno, observando la paridad de género y alternancia. Estarán en funciones cuatro años y podrán reelegirse por una sola vez.

El presidente del Consejo será el representante de la Función Ejecutiva -lo cual ya opera en la actualidad- y se deberá elegir a un vicepresidente de los demás miembros del Consejo.

Los representantes de los asegurados dependientes, de los no dependientes, de los jubilados y de los empleadores del sector privado serán elegidos por los afiliados mediante elección directa, a través de un registro electoral segmentado, cuyo proceso estará a cargo del Consejo Nacional Electoral (CNE).

Los afiliados, jubilados y empleadores que quieran participar como candidatos para integrar el Consejo Directivo deberán ser previamente calificados por la Superintendencia de Bancos. Luego de ser calificados deberán presentar el respaldo del 2 % del registro electoral al que corresponda.

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No podrán ser candidatas las personas que tengan conflicto de intereses con el sistema financiero y que estén impedidas de ejercer cargo público.

Directorio del Biess

La reforma determina que el directorio del Banco del IESS estará compuesto por cinco miembros principales: un representante de los afiliados, un representante de los jubilados, un representante de los empleadores, un representante del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el presidente del Consejo Directivo del IESS (quien será el titular del directorio del Banco).

Actualmente, el directorio lo integran el titular del Consejo Directivo del IESS, un delegado del MEF, un representante de los afiliados, otro de los jubilados y el gerente general del Biess (quien es el secretario del directorio).

Lo aprobado por la Asamblea Nacional dispone que los representantes de los afiliados, jubilados y empleadores serán designados por el Consejo Directivo del IESS, mediante concurso público de oposición y méritos.

Los miembros del directorio estarán en funciones por cuatro años, tendrán sus respectivos alternos, con excepción del presidente del Consejo Directivo del IESS. Los alternos también serán elegidos a través de un concurso de méritos y oposición.

Deuda del Estado y otras medidas

La creación de nuevas prestaciones en el IESS estarán debidamente financiadas, sobre la base de estudios actuariales. En aquellas que el Estado tenga que hacer contribuciones deberá contar con un dictamen presupuestario previo favorable emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas.

Una vez que la ley entre en vigencia, el IESS y el Gobierno central, a través del Ministerio de Economía, tendrán cuatro meses para determinar los valores de la deuda, mediante un proceso de conciliación de cuentas. El monto fijado incluirá la suma real de la deuda, incluyendo intereses. Se suscribirá un convenio de pago a través de un cronograma.

En el caso que haya valores que no se pudieron conciliar en los cuatro meses, el IESS y el MEF acudirán a un proceso de mediación ante la Procuraduría. Si a pesar de la mediación tampoco se pudieron conciliar ciertos montos, el IESS deberá iniciar acciones judiciales necesarias para el cobro de los valores.

El plan de pagos que acuerden el IESS y el MEF no excederá el plazo de diez años. El rubro de pago de la deuda deberá constar en el Presupuesto General del Estado desde el año 2025.

Por otro lado, el Consejo Directivo del IESS tendrá seis meses para aprobar un plan de reingeniería institucional que apunte a la transformación digital, transparencia y eficiencia. Y reglamentar el plan de carrera institucional, manual de funciones y cargos.

El proyecto de ley aprobado por el pleno de la Asamblea Nacional pasará a manos del presidente de la República, Daniel Noboa, para su conocimiento. Si el mandatario no realiza un veto, total o parcial, el texto podrá ser enviado directamente al Registro Oficial para su publicación y puesta en vigencia. (I)