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Asamblea Nacional absuelve al ministro del Trabajo, Andrés Isch, del juicio político en su contra

El Ministro de Estado en su exposición ante pleno aseguró que el juicio político en su contra fue un show político electoral

La moción presentada por la asambleísta, Marcela Holguín, para censurar y destituir al ministro de Trabajo, Andrés Isch, recibió 45 votos de 91 que se necesitaban. Foto: Vicente Ordóñez

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Al bloque de la Revolución Ciudadana le faltó 46 votos para censurar y destituir al ministro de Trabajo, Andrés Isch, dentro del juicio político planteado por las asambleístas Marcela Holguín y Marcela Aguiñaga, por incumplimiento de funciones. Para una censura se necesita 91 voluntades y solo se registró 45 votos.

El trámite de este juicio inició luego de que el pleno de la legislatura, el pasado 8 de abril, resolvió llamar a interpelación al funcionario por atribuirse funciones, negarse a entregar información y no fijar el salario básico unificado para el presente año.

Las legisladoras Holguín y Aguiñaga fueron las proponentes del juicio político con siete acusaciones, pero la Comisión de Fiscalización en un informe acogió tres. Luego de dos sesiones y votaciones la comisión presidida por Elio Peña (PK-BIN), no logró apoyos para la aprobación del informe recomendando el juicio, por lo que el expediente pasó al pleno quien resolvió llamar al juicio.

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Asamblea Nacional llama a juicio político al ministro de Trabajo, Andrés Isch

El presidente de la Asamblea, César Litardo (AP), convocó este 15 de abril a la sesión virtual 702 para evacuar el juicio político contra Isch, que empezó con la lectura del informe que elaboró la Comisión de Fiscalización tras sistematizar las comparecencias, las pruebas de cargo y de descargo.

La sesión se prolongó por siete horas. En ese lapso de tiempo la interpelante Marcela Holguín presentó sus pruebas de cargo apoyada en videos y testimonios; en tanto, que el ministro acusado presentó cifras alcanzadas, normativa y documentos entregados para desvanecer las acusaciones; al término de su exposición afirmó que el juicio fue un “show político electoral”.

Tras cerrarse el debate, la asambleísta Marcela Holguín mocionó que por “los argumentos sólidos presentados que comprueban el incumplimiento de funciones se proceda a la censura y destitución del funcionario”.

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Los resultados de la votación determinaron que de 117 legisladores presentes 45 votaron a favor que corresponden a todo el bloque RC; 3 PSC; 4 Pachakutik-BIN; y, 2 BADI. En contra se pronunciaron 15 asambleístas de AP; SUMA; e, independientes. También hubo 56 abstenciones de los bloques CREO, AP, BIN, PSC y BADI.

Acusaciones

  1. La primera acusación fue atribuirse funciones que no le corresponden respecto del Acuerdo Ministerial 133 del 15 de julio de 2020, referente a la aplicación de la interpretación que hizo la Asamblea Nacional al artículo 169 (6) del Código del Trabajo dentro de la Ley Humanitaria. Al incluir el artículo 3 en el Acuerdo Ministerial 133, bajo el argumento de viabilizar que las empresas puedan llegar a acuerdos con sus empleados y reducir la jornada laboral, el funcionario estableció una segunda interpretación respecto a qué se debe entender caso fortuito y fuerza mayor cuando lo que debió hacer es canalizar, a través de la Asamblea Nacional, la aprobación de una reforma a la Ley Humanitaria o del Código del Trabajo, dijeron las interpelantes.
  2. El ministro incumplió funciones al no proporcionar acceso a la información pública sobre su gestión al Observatorio Ciudadano de Discapacidad, Salud Pública, Trabajo y Derechos Humanos. Según el informe, al exigir al Observatorio que antes de la entrega de la información presente una copia certificada del documento de acreditación, emitido por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, y al exigir una motivación y pretensión jurídica para la que se requería la información solicitada, Isch actuó contraviniendo lo que disponen la Constitución y la Ley de Información, referente al acceso libre y oportuno a la información pública.
  3. También se lo señala por incumplimiento de la disposición transitoria vigesimoquinta de la Constitución de la República sobre la fijación del salario básico unificado para el año 2021. La Comisión indicó que tanto la norma constitucional como el Código del Trabajo establecen que la revisión anual del salario básico se realizará con carácter progresivo, y que el ministro fijó un incremento del 0% al salario básico unificado para este año.

Pruebas de cargo

Si bien como solicitante del juicio también fue la legisladora, Marcela Aguiñaga, pero en la interpelación solo participó la asambleísta Marcela Holguín (RC), quien antes de argumentar las tres acusaciones cuestionó al Gobierno y al funcionario por el manejo de las cifras sobre el desempleo y su justificación de que no solo el país, sino el planeta, enfrenta una pandemia.

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La legisladora cuestionó que el ministro afirme que desde enero de 2020 hasta abril de 2021, se habrían creado 467.277 nuevos contratos de trabajo, cuando las actas de finiquito nunca se detuvieron durante la pandemia, por lo tanto, las cifras presentadas no son coincidentes con la realidad, anotó.

Que hablar de un millón de ecuatorianos desempleados es bastante conservador, pues la legisladora de Pichincha dijo que las estadísticas del INEC determinan que unas 85.000 personas perdieron el empleo y que existen 2 millones de familias en el subempleo.

En torno a las acusaciones, la interpelante manifestó que al atribuirse funciones al emitir el Acuerdo Ministerial 133, donde a su criterio se interpretó la aplicación del artículo 169 (6) del Código del Trabajo, sobre la causal de fuerza mayor o caso fortuito, provocó 28.409 actas de finiquito; es decir, despidos en medio de la pandemia.

Sobre la segunda acusación, Holguín afirmó que el funcionario incumplió los artículos 18 de la Constitución; 79 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana; y, artículo 21 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, al no proporcionar el acceso a la información pública al observatorio ciudadano de discapacidad, salud pública, trabajo y derechos humanos, que investigaba los funcionarios del gobierno beneficiarios de la emisión de los carnés de discapacidad.

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Respecto al incumplimiento de funciones por no fijar del Salario Básico Unificado de 2021, la interpelante indicó que el funcionario estaba obligado a cumplir el mandato constitucional y el Código del Trabajo sobre el incremento progresivo de los salarios básicos; cuando en enero de 2021 se registró un incremento de precios del 0,12%.

Defensa del funcionario

El ministro de Trabajo, Andrés Isch, empezó su exposición señalando que ingresó al cargo en junio de 2020, cuando el empleo había sido destruido en todos los países de la región, y que además Ecuador heredó un mal manejo económico de despilfarro y sin recursos en el Banco Central del Ecuador.

Afirmó que la crisis sanitaria derivada por el coronavirus es una parte de la crisis de desempleo, pues el Ecuador tiene problemas estructurales como un porcentaje de informalidad de 46.7%; que un 11,9% de mujeres tienen menos oportunidades de acceso a un empleo; una tasa de 22,9% de desempleo juvenil; y, la necesidad de nuevas herramientas para enfrentar el mundo cambiante.

Sobre las acusaciones, Isch, afirmó no se atribuyó funciones como afirma la interpelante respecto a la interpretación para la aplicación de la causal 6 del artículo 169, del Código del Trabajo. Que esa norma está vigente desde hace décadas; y que la Ley Humanitaria puso un límite para su aplicación, donde se determina que para poder acogerse a esta disposición deben cerrar la empresa.

Ante el pleno expuso un ejemplo sobre la aplicación de esta norma que fue interpretada por la Asamblea, donde narró que una persona que antes de la Ley Humanitaria fue despedida por la causal de fuerza mayor o caso fortuito y que por seis años de trabajo con un sueldo de $700 recibió una indemnización $637,75; pero que con la aplicación de la Ley Humanitaria la liquidación subió a $7 987,75.

El funcionario insistió que en el decreto ministerial 133 no se incluye interpretaciones a lo aprobado por la Asamblea Nacional dentro de la Ley Humanitaria respecto a la aplicación del artículo 169 (6) del Código del Trabajo.

Afirmó que la interpelante pide que se cierren por completo las empresas antes de utilizar las herramientas de preservación de fuentes de trabajo, contempladas en la Ley Humanitaria. La aplicación de esta Ley, añadió Isch, ha permitido proteger 57 596 contratos registrados con reducción de la jornada laboral de junio 2020 a abril 2021; 4 918 acuerdos de preservación de fuentes de empleo; y, 58.088 contratos emergente.

Respecto a la supuesta violación constitucional por el no incremento del salario básico unificado, el ministro de Trabajo, dijo que el salario básico en Ecuador de $400 en el 2021, no perdió capacidad adquisitiva en el 2021, a diferencia de otros países de la región; que la interpelante confunde el salario digno con el salario básico.

En torno a la acusación de negarse a entregar información sobre la emisión de carnés de discapacidad de funcionarios, el secretario de Estado comentó que existe expresa prohibición de entregar información confidencial, y aclaró que se pidió al observatorio justificar que era la institución quien solicita los datos; y que luego de cumplir los requisitos se proporcionó los datos, pero que no se entregó identificación personal, tipo de discapacidad, tipo de contrato, formación académico, registro SUT de todas las personas naturales o jurídicas, información patrimonial y beneficiarios tributarios, ingresos y montos recibidos por liquidaciones y otros beneficios.

Al concluir su exposición, el Ministro de Trabajo afirmó que el juicio político en su contra se dio como un “show político electoral”, que la interpelante presentó testigos parcializados, pruebas sustentadas en el desconocimiento. Aseguró que como testigo de las acusaciones la interpelante pidió la presencia de un ex compañero del ex candidato presidencial, Andrés Arauz. Que se usó el dolor de personas que perdieron su trabajo antes de ocupar el cargo.

Debate

Al abrirse el debate, el presidente de la Comisión de Fiscalización, Elio Peña, conminó a la sala que vote por la censura y destitución del funcionario, y con ello se censure al gobierno por el pésimo trabajo en sus políticas laborales en los cuatro años y más específicamente en el contexto de la pandemia y la llamada Ley Humanitaria.

Aunque no se aprobó el informe de la Comisión que preside defendió las conclusiones a las que llegó la investigación como la violación de la Constitución respecto la no fijación del incremento salarial de 2021, pues se concluyó que el funcionario incurrió en el incumplimiento de funciones al no acatar lo que dispone la Constitución y el Código de Trabajo respecto a la progresividad en la fijación de los salarios; además aseguró que las pruebas sobre las dos acusaciones adicionales son contundentes.

Los asambleístas del correísmo, Mónica Alemán y Esteban Melo, afirmaron que hay razones suficientes para censurar al ministro en un juicio que es por los trabajadores, que mal interpretó la aplicación de la disposición interpretativa del artículo 169 (6), del Código de Trabajo sobre la aplicación de despidos de fuerza mayor o caso fortuito.

En cambio, Franco Romero (BADI), miembro de la Comisión de Fiscalización consideró que no cabe el juicio contra el funcionario, pues las pruebas son débiles y no se confirman violaciones a la norma constitucional como aseguró la interpelante.

Gabriel Larreátegui (SUMA), aseguró que este juicio político nace por animadversión contra el Ministro de Trabajo por no facilitar a los asambleístas del correismo inspectores de trabajo en un tema laboral de la empresa Explocen, cuya acusación no acogió la Comisión de Fiscalización.

Dirigiéndose a los legisladores de la Revolución Ciudadana, Larreátegui, afirmó que los derechos de los trabajadores cumpliendo a quienes contrataron para que acompañen al candidato presidencial, Andrés Aruz, quienes han tenido que manifestarse frente a la sede para que cumplan con su obligación. Ya les pagaron, preguntó. (I)



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