Me llamó la atención ver en las noticias el drama de un niño de aproximadamente dos semanas de nacido, hijo de padres menores de edad, que se encontraba en un hospital y se requería hacerle una transfusión sanguínea a la que, por cuestión de religión, se oponían los progenitores y abuelos del niño.
El hospital se contactó con la Defensoría del Pueblo para que interviniera, por el riesgo de la pérdida de la vida del menor. El resultado final, gracias a Dios, fue una coherente resolución en la cual una jueza ordenó a los médicos imponer la transfusión de sangre. El bebé se recuperó y, Dios mediante, gozará de una oportunidad de vida. Me quedó un mar de ideas encontradas por las posturas de una fe, frente al derecho constitucional a la vida. Recordé mis clases de introducción al Derecho cuando inicié mi formación jurídica, en las que me decía mi maestra que una de las fuentes del derecho es la moral, que deviene de los valores del ser humano recogidos de los Diez Mandamientos que nos dejó el Señor. Como ejemplo de ellos, el mandamiento no matarás, está recogido en el derecho a la vida consagrado en la Constitución y la ley. No soy quién para cuestionar una religión, respeto la libertad de culto, sin embargo el derecho de unos termina donde empieza el ajeno. No hay derecho a permitir la muerte de un niño por cuestionamientos de que si es bueno o malo un procedimiento médico, cuando el fin es salvar su vida. Espero que el caso se convierta en un precedente para las religiones en el país, y sepan que su derecho a practicarla no puede ni podrá soslayar jamás, las garantías básicas constitucionales.
Cristhian Castro Velasteguí
Guayaquil