El proceso penal por asociación ilícita, relacionada con la trama de corrupción que Odebrecht implementó en Ecuador para hacerse de contratos para obras públicas, que mantiene una pena en firme y en proceso de ejecución contra el exvicepresidente del correísmo Jorge Glas y otras cinco personas, podría tener un capítulo más si la defensa del ex segundo mandatario decide solicitar el recurso de revisión ante la Corte Nacional de Justicia (CNJ).

La posibilidad nace luego que José Días Toffoli, juez del Tribunal Supremo Federal de Brasil, que fue puesto por el actual presidente brasileño, Lula da Silva, decidió anular una de las pruebas utilizadas por la Fiscalía General dentro del caso, específicamente la que tiene que ver con los sistemas Drousys y My Web Day B, creados por Odebrecht para registrar y consumar el pago de sobornos a funcionarios identificados con sobrenombres en varios países, entre ellos, Ecuador.

La noche del pasado 28 de noviembre el exvicepresidente Jorge Glas salió de la Cárcel 4, en Quito, bajo una "libertad provisional". Foto: Archivo

Días Toffoli señaló que la información de estos sistemas usados en el acuerdo de colaboración de Odebrecht está “contaminada” y “no puede ser utilizada”. El magistrado extendió a Glas, respondiendo a un pedido de sus abogados, una decisión para anular pruebas que antes benefició a políticos brasileños que también fueron investigados en dicho caso, entre ellos, el actual vicepresidente de Brasil, Geraldo Alckmin.

Publicidad

En Guayaquil, el 11 de agosto pasado, Jorge Glas celebraba la decisión de Días Toffoli, asegurando que esta nulita todo el intercambio de información y cooperación eficaz entre las autoridades de Ecuador y Brasil. “Esto determina la total nulidad de todo lo que surgió de ese acuerdo. (...) Ahora resulta que este mal llamado caso Odebrecht, sin Odebrecht, no tiene pruebas, son nulas, como siempre lo sostuve, dentro de este juzgamiento exprés al que fui sometido para darle vía libre a (Lenín) Moreno para destruir al país”.

¿La eliminación de una de las pruebas puede anular la sentencia del caso Odebrecht en Ecuador como pretende uno de los condenados (Jorge Glas)?

Para que se ratifique la inocencia que Glas pregona, la justicia ecuatoriana deberá declararlo así, dejando insubsistente la sentencia en firme de seis años de reclusión menor que fue ratificada en tres instancias y por nueve jueces de la Corte Nacional, entre diciembre de 2017 y diciembre de 2019. El camino legal sería interponer el recurso extraordinario de revisión definido en los artículos 658 y 659 del vigente Código Orgánico Integral Penal (COIP).

En la norma que habla del recurso de revisión se explica que este podrá proponerse en cualquier tiempo, ante la CNJ, después de ejecutoriada la sentencia condenatoria. Se lo podrá hacer en tres casos, siendo el numeral tres el que podría ser aplicado al caso de Glas: “Si la sentencia se ha dictado en virtud de documentos o testigos falsos o de informes periciales maliciosos o errados”.

Publicidad

La norma señala que la revisión solo podrá declararse en virtud de nuevas pruebas que demuestren el error de hecho de la sentencia impugnada. Se aclara que no serán admisibles los testimonios de las personas que declaren en la audiencia de juicio y que la interposición de este recurso no suspende la ejecución de la sentencia.

Desde la Fiscalía General del Estado, hoy liderada por Diana Salazar, se ha defendido la sentencia que fue conseguida por el entonces fiscal general Carlos Baca Mancheno en el sistema de justicia ecuatoriano. Se ha dicho que existe abundante prueba que confirma la calidad de autor de Jorge Glas en el delito de asociación ilícita parte de la trama de corrupción de Odebrecht. Se rechaza que se intente señalar que la condena en esta causa fue impuesta sobre la base del testimonio del brasileño José Conceição Santos Filho y una resolución judicial tomada en Brasil.

Publicidad

Según la Fiscalía, en este caso fueron presentados 28 indicios que revelaban la responsabilidad de Glas en el delito procesado, entre ellos, documentos, testimonios, pericias que incluyen audios y transcripciones de conversaciones entre los involucrados en las que describen montos y métodos para la comisión del delito y procedimientos abreviados en los que sentenciados asumieron su responsabilidad.

“Toda esta carga probatoria permitió demostrar -más allá de cualquier duda razonable- el cometimiento del delito ante los jueces, quienes resolvieron dictar y ratificar la condena. (...) Se rechaza este nuevo intento de desviar la atención de la ciudadanía, con el afán de afectar la credibilidad y el trabajo comprometido de esta institución, y buscar impunidad”, anotó la Fiscalía General en un comunicado público.

Odebrecht confesó coimas por $ 276 millones en 7 países, pero habría pagado mucho más

Estas dos posiciones deberán confrontarse en audiencia ante un Tribunal que por sorteo deberá conformarse en la Corte Nacional. La Sala que conozca el recurso tiene dos caminos: ratificar la sentencia venida en grado, dejando abierta la posibilidad de que si se encuentran nuevos elementos el condenado pueda presentar el recurso, o acoger el recurso, declarar inocente al condenado que planteó la acción y anular todas las medidas de orden personal y material que tengan en su contra.

Germán Rodas, coordinador de la Comisión Nacional Anticorrupción, tiene preocupación respecto a que este tipo de acciones avancen a favor de quienes han sido sancionados por corrupción. Piensa que de darse paso a este tipo de pretensiones se estaría abriendo “peligrosamente la puerta” para que otros procesados en la misma causa o en otras causas apunten a que, mediante este recurso, se les levanten las sanciones legalmente impuestas. (I)

Publicidad